Ministro Pérez Dayán rompe bloque que perfilaba invalidar parcialmente reforma judicial
Al declarar su voto en contra, el ministro Alberto Pérez Dayán fracturó el grupo opositor conformado por ocho magistradas y magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quienes se disponían a anular parcialmente la reforma judicial del exmandatario Andrés Manuel López Obrador.
Un hecho inesperado, no solo porque el ministro había expresado anteriormente su apoyo a considerar a los partidos políticos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC) como legítimos para interponer una demanda, sino también porque él era uno de los ministros que dimitieron de su puesto la semana pasada tras manifestar su oposición a la reforma judicial.
Al votar en contra de aceptar las acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos políticos en oposición a la reforma constitucional, el ministro no solo enterró uno de los principales recursos contra la reforma judicial, sino que también se alió con las ministras Lenia Batres, Esquivel Mossa y Ortiz Ahlf, generando una profunda división en una Corte que ya estaba fracturada.
No soy en absoluto ignorante de las repercusiones que generará la reforma constitucional en discusión, especialmente en lo que respecta a la seguridad jurídica en el ámbito público, la separación de poderes, y los principios de la independencia del poder judicial. Asimismo, soy consciente del impacto que tendrá en la vida personal de los jueces, quienes verán cómo los esfuerzos y el compromiso de miles de personas por construir una nación más equitativa se ven lamentablemente interrumpidos por su implementación. Por supuesto que tengo plena claridad sobre esto, incluso lo expreso de manera personal. Esto también me afecta.
No obstante, afirmo que hay otras maneras de salvaguardar esos deseos, enfocándose no en la confrontación de las normativas electorales, sino en el reconocimiento y la protección de los derechos humanos que establece la Constitución Federal y los acuerdos internacionales, comentó el ministro durante su participación en el debate. Esta declaración le valió el epíteto de “traidor” por parte de las y los trabajadores del Poder Judicial de la Federación que se manifestaron en apoyo a los ministros de la Corte.
La Suprema Corte Comienza El “juicio Final” Sobre La Reforma Judicial
A las 10 de la mañana en punto, el pleno de la Suprema Corte dio inicio al estudio del proyecto de resolución del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien planteaba anular parcialmente la reforma judicial.
El tema surgía de las acciones de inconstitucionalidad (164/2024) y las acumuladas que fueron interpuestas por los partidos PAN, PRI y MC, así como por legisladores del Congreso de Zacatecas y un partido político de Coahuila.
Poco antes de comenzar la sesión, la ministra Piña comunicó que tanto Lenia Batres Guadarrama como el diputado Sergio Gutiérrez Luna entregaron dos documentos solicitando la eliminación del proyecto de fallo relacionado con la reforma judicial. Esto se debe a que la reciente reforma constitucional del partido Morena establece la prohibición de impugnaciones en contra de reformas constitucionales. Sin embargo, aprovechó la ocasión para enviar un mensaje a la ciudadanía:
"Entendemos la carga histórica que esta conversación conlleva. Reconocemos el impacto y la relevancia de cada una de las palabras que se expresen aquí. Por eso, con una actitud honesta, quiero reiterarle al país que en cada postura que mis colegas ministras y ministros tomen, estará presente el compromiso adquirido al inicio de sus funciones: Defender y hacer cumplir la constitución política", afirmó.
Al inicio de la sesión, las ministras Lenia Batres y Yasmín Esquivel Mossa renovaron su petición de implementar la reforma de inimpugnabilidad en la Constitución, con el objetivo de frenar la discusión sobre el tema y conseguir que se desechara el proyecto de sentencia. Sin embargo, como el ministro González Alcántara Carrancá, quien es el responsable del caso, afirmó que el proyecto ya no se encontraba “en trámite”, se concluyó que la reforma de inimpugnabilidad no era pertinente en esta situación.
"Una modificación que fue divulgada después de la presentación de este proyecto en este tribunal pleno y que impide a la sociedad en general obtener respuestas acerca de la normalidad que debe mantenerse en el marco constitucional. Por ello, yo sugiero, con todo respeto, señalar la existencia de esta modificación, pero concluir que no es pertinente en este caso que ya estaba en proceso de resolución", expresó.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, junto con los ministros Luis María Aguilar Morales y Javier Laynez Potisek, sostuvieron que este aspecto debía ser considerado, argumentando que la "técnica de revisión" de las acciones de inconstitucionalidad indicaba que el tema debía abordarse en la sección de causas de improcedencia, y no simplemente como una justificación para esquivar el debate.
Así, con una mayoría de nueve votos a favor y dos en contra, el Pleno de la Corte desestimó la solicitud de la ministra Batres para que se anulara el proyecto de sentencia relacionado con la reforma judicial. Aunque la ministra Ortiz Ahlf votó en oposición a la propuesta, anticipó que también se pronunciaría en contra del proyecto, argumentando que la Corte no tiene la autoridad para definir la constitucionalidad de una reforma a la Constitución.
La Votación De Pérez Dayán: Crisis En La Corte
Al abordar el tema de la legitimación, el ministro Pérez Dayán recordó que hay antecedentes donde la Suprema Corte ha determinado que en los casos de inconstitucionalidad no se pueden analizar reformas a la Constitución, por lo que manifestó su desacuerdo en calificar la reforma judicial como una ley federal de carácter electoral.
“Aunque intente convencerme de lo contrario, aceptar la solución que sugiere la propuesta sería, con todo respeto y solo desde mi perspectiva personal, responder a una locura que elude de manera irresponsable el texto fundamental, mediante otra locura al obligar el uso de una facultad que no se me otorgó en el contexto de una acción de inconstitucionalidad”, expresó.
Para sustentar su postura, el ministro citó los recursos de reclamación 8/2016 y 9/2016, en los cuales la Corte estableció que una reforma constitucional no podía cuestionarse mediante una acción de inconstitucionalidad, ya fuese por defectos formales o sustantivos.
La ministra Lenia Batres expresó que, cuando dos partidos pequeños impugnaron la reforma constitucional en el ámbito electoral de 2007, los ministros en ese momento argumentaron que no era posible invalidar la Constitución. Esto también sucedió cuando se sugirió revisar la eliminación de la facultad de investigación del artículo 97 de la Constitución, así como cuando el expresidente López Obrador solicitó que los constituyentes de la Ciudad de México fueran elegidos por la ciudadanía y no designados por las élites.
"Este tribunal no debería intentar sustituir una reforma que surge de un proceso democrático, que expresa la voluntad del pueblo mediante el poder reformador, ni debería pretender arrogarse una autoridad que no le pertenece, como la de definir cuáles principios son inalterables en la Constitución, algo que solo podría haber sido evaluado por el constituyente", expresó.
En respuesta, el ministro Luis María Aguilar Morales, tras las intervenciones de la ministra Batres y del propio Pérez Dayán, expresó que procuraría hablar con calma, "ya que no considero que estemos en un mitin político para elevar la voz, intentando que las ideas prevalezcan sobre la lógica simplemente por el hecho de gritar más".
"Pienso que están descuidando la metodología de estudio. Se mencionó anteriormente, y la señora ministra (Piña) lo subrayó hace poco, que en este momento no estamos analizando la improcedencia, sino la legitimación. Sin embargo, ya han expresado una gran cantidad de argumentos que ni siquiera están relacionados con el asunto que estamos discutiendo", comentó en alusión a la postura de Pérez Dayán.
El ministro Pérez Dayán aprovechó la ocasión para reafirmar su opinión de que la Corte carece de autoridad para examinar el contenido sustancial de las reformas constitucionales, ya sean estructurales o no. Además, culpó al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por permitir la sobrerrepresentación en el Congreso de la Unión.
"Me pesa enormemente que las autoridades electorales, tanto en su función administrativa como posteriormente en la judicial, hayan optado por renunciar a sus competencias, que son indiscutibles y bien definidas, en favor de intereses puramente personales", comentó.
Ministros Enfrentan Críticas En Reforma Judicial
La ministra Batres, por su lado, enfatizó su postura al afirmar que “todas las ministras y ministros, así como aquellos que han estado involucrados en su evaluación dentro del propio Poder Judicial de la Federación, debimos habernos declarado impedidos”.
En relación a este tema, el ministro Carrancá afirmó que la ley que regula las acciones de inconstitucionalidad no contempla causas de impedimento, por lo que estuvo en desacuerdo con la postura anterior.
"Sin embargo, consideremos otra reforma que afectó de manera directa a un exintegrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: el célebre artículo Décimo Transitorio del Decreto que introducía cambios a la Ley Orgánica de este Poder, el cual extendía, más allá de los límites establecidos por la Constitución, el período de servicio del entonces presidente de la Corte. El artículo aprobado tenía como destinatario a una persona específica: Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea, quien no se declaró impedido para pronunciarse sobre ese tema."
Al final, tras la decisión de la Suprema Corte de rechazar la iniciativa que buscaba declarar parcialmente nula la reforma judicial, la ministra Piña expresó su descontento ante el hecho de que tanto el Congreso de la Unión como los diversos congresos, que están sujetos a la Constitución igual que todas las autoridades, actúen de forma "unida o cooperativa" para "dejar de cumplir con la Constitución".
"Me parece evidente que esto es incompatible con un estado de derecho y democrático, ya que nos obliga a aceptar lo que considero inaceptable: que una constitución democrática como la nuestra permite que un grupo de instituciones establecidas por ella misma utilice procedimientos democráticos para desmantelar la propia democracia y la constitución que la sustenta. En resumen, la Constitución contempla los medios para su autodestrucción, lo que legitima el suicidio de la democracia", concluyó.