SCJN desestima recurso contra la reforma judicial
Por Juan Omar Fierro.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó las acciones de inconstitucionalidad que fueron interpuestas por cuatro partidos políticos y un grupo legislativo minoritario contra la reforma judicial, lo que significa que dicha reforma permanecerá en plena vigencia en todos sus aspectos.
Durante una sesión que se volvió tensa en el momento de las votaciones, y en la que hubo numerosos reclamos contra el grupo de ministros opuestos a la reforma judicial, el Pleno de la Suprema Corte rechazó la iniciativa del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que buscaba anular la elección de jueces y magistrados, mientras que, al mismo tiempo, respaldaba este método de selección para ministros y magistrados electorales.
El proyecto fue rechazado porque no logró obtener la mayoría calificada de ocho votos necesarios para declarar inválidas las secciones impugnadas de la reforma judicial. Esto ocurrió después de que el ministro Alberto Pérez Dayán manifestara su voto en contra de la admisibilidad de la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el PAN, PRI y Movimiento Ciudadano contra la aprobación de dicha reforma, argumentando que los partidos no tienen la legitimidad para presentar esta impugnación.
Antes de la votación, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena había indicado que en un caso anterior, la Suprema Corte había admitido que los partidos políticos tienen un interés jurídico para cuestionar elecciones en las que no participan de forma directa.
A pesar de ello, únicamente siete ministros se pronunciaron a favor de la admisión de estas tres acciones de inconstitucionalidad para examinar los aspectos cuestionados de la reforma judicial.
En el grupo que sugería analizar la modificación constitucional se incluyeron las ministras Norma Lucía Piña Hernández, Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Con esta decisión, la Suprema Corte no abordó el tema de manera profunda ni evaluó la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las diversas secciones de la reforma judicial.
Ministro Pérez Dayán Rompe Bloque Contra Reforma Judicial
Desde las primeras horas de la mañana, el ministro Alberto Pérez Dayán declaró que votaría en contra de la admisibilidad de la acción de inconstitucionalidad interpuesta por tres partidos políticos (PAN, PRI y Movimiento Ciudadano) en relación con la aprobación de la reforma judicial. Su argumento fue que los partidos carecían de legitimidad para presentar dicha impugnación.
Después de expresar su descontento por la aprobación de la reforma judicial, argumentando que afecta "los planes de vida de los miembros del Poder Judicial de la Federación", el ministro Pérez Dayán señaló que no coincidía con la idea de modificar el criterio que señala que los partidos políticos solo tienen la facultad de cuestionar leyes electorales, y no una norma general como lo es la reforma judicial.
El ministro Alberto Pérez Dayán también señaló que anular la reforma judicial a raíz de las acciones de inconstitucionalidad presentadas por partidos políticos sería una forma de enfrentar “la irracionalidad” de la reforma judicial con “otra irracionalidad”.
Aunque intente convencerme de lo opuesto, abordar el asunto de acuerdo con lo que sugiere la propuesta, lo digo con total respeto y únicamente desde mi perspectiva personal, significaría responder a una irracionalidad presentada de manera irresponsable en el texto fundamental con otra irracionalidad, lo cual equivaldría a intentar ejercer una facultad que no se me ha otorgado en relación con una acción de institucionalidad.
En un intento aparente por sortear este inconveniente, la ministra presidenta de la SCJN, Norma Lucía Piña Hernández, sugirió revivir lo dispuesto por la reforma judicial, que establecía que se necesitaba una mayoría de 6 votos para impugnar dicha reforma. Esto contrasta con lo que estipulaba la legislación anterior, que exigía una mayoría calificada de 8 votos, lo que provocó la reacción de la ministra Lenia Batres.
No obstante, con una votación de 6 a 5, los magistrados decidieron rechazar la propuesta, argumentando que la mayoría calificada de 6 ministros debe considerarse cuando el Pleno de la Suprema Corte esté compuesto por 9 miembros, y no en la actual conformación de 11 ministros y ministras.
En el contexto de esta discusión, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá reiteró su petición de que los magistrados de la Suprema Corte mantengan la autocontención y eviten alterar las normas establecidas durante la sesión de ayer.