¿Por qué Shakira no irá a la cárcel?

Shakira

Este fue el proceso de audiencia en el que Shakira acordó pagar una suma cercana a los 8 millones de dólares. La duración del proceso fue de una hora y media.

Shakira llegó a un acuerdo de conformidad este lunes que la libró de enfrentarse a un juicio que se habría prolongado hasta diciembre. El acuerdo evitó que la cantante colombiana se viera involucrada en un juicio legal.

Además, la opción de recibir la condena por parte de la Fiscalía es otra preocupación para ella, ya que esta entidad solicitó una pena de 8 años en prisión y una multa de 25,1 millones de dólares (23 millones de euros) en caso de ser encontrada culpable.

A través de ese acuerdo, la artista reconoce su responsabilidad en los delitos fiscales que se le imputaban, los cuales ascienden a seis cargos cometidos entre los años 2012 y 2014. Como parte del acuerdo, ella acepta pagar una multa de aproximadamente US$ 7,9 millones (7,3 millones de euros) y una condena de prisión de 3 años. Todas estas condiciones fueron aceptadas por aquellos que presentaron la acusación: el fiscal, el abogado del estado y el abogado de la Generalitat de Catalunya.

Sin embargo, a pesar de estas circunstancias, la artista no será encarcelada.

La razón es que, como se menciona en el documento al que CNN ha obtenido acceso, tanto Shakira como la acusación piden a la Audiencia Provincial de Barcelona que se reemplace la condena de encarcelamiento por una multa de alrededor de US$ 478.000 y que se suspenda la condena de prisión durante dos años.

El abogado penal español José Jara Terrés deja en claro que como es la primera vez que se condena a Shakira por este tipo de delito y además ha pagado las cuotas defraudadas a Hacienda y los intereses en mayo de 2019, y la sentencia no supera los dos años de prisión, ella puede beneficiarse de la suspensión de la pena de prisión, según el artículo 80 del Código Penal. Como resultado, tendrá que pagar una multa, pero no irá a la cárcel.

De acuerdo con las palabras de Jara Terrés, el código penal español establece, en su artículo 80.3, que se puede suspender la pena de prisión de aquellos que no sean delincuentes habituales y cuya condena no supere los dos años, siempre y cuando las circunstancias personales del acusado, la gravedad del delito, su comportamiento y, sobre todo, su voluntad de reparar el daño, lo justifiquen.

Debido a que todas las partes habían firmado el acuerdo, el juez de la Audiencia Provincial de Barcelona, José Manuel del Amo, leyó la sentencia en voz alta para asegurar su firmeza, en el día de hoy.

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